Una planta de aglomerado tiene resuelto lo que a otros les cuesta: un producto por porte, un centro de carga fijo y un peso de báscula por cada camión. Es exactamente el molde del documento de control. Lo que suele no estar resuelto es quién lo emite y dónde vive el PDF con su QR.
Primero: quién contrata el camión
El apartado a) del artículo 6 no dice «el vendedor» ni «la planta»: dice cargador contractual, que es quien contrata el transporte. En asfalto conviven las dos situaciones y no dan el mismo resultado:
- El porte lo pone la planta —precio puesto en obra—: el cargador contractual es usted, y de usted son los apartados a) a d).
- El porte lo pone la contrata —precio en planta, camiones de la obra—: el cargador contractual es la contrata, y a usted le corresponde que el camión salga con el documento formalizado, no emitirlo.
Y una tercera, la que más se olvida: si la propia constructora mueve su material con camiones propios, eso no es transporte público y no entra automáticamente en la obligación.
De qué responde usted como cargador
Desde marzo de 2026 la Orden TRM/282/2026 reparte la responsabilidad campo por campo:
| Campo | De dónde sale en su planta |
|---|---|
| a) Su identidad y NIF | Fijo. |
| b) Transportista efectivo | El punto débil. En campaña entran bañeras de subcontratas que no estaban ayer. |
| c) Origen y destino | Origen es la planta; destino, el tajo. Anotar el PK o el tramo ayuda más que el nombre de la obra. |
| d) Naturaleza y peso | Mezcla del pedido y neto de báscula. Lo tiene resuelto. |
De la fecha y la matrícula —f) y g)— responde el transportista efectivo, y del e), la autorización especial de circulación, solo cuando el vehículo tenga que circular al amparo de una. Que él responda de la matrícula no significa que usted no la anote: significa que si es errónea, el problema es suyo.
El aglomerado no espera a la oficina
La extendedora marca el ritmo y la carga se hace a las horas en que no hay nadie en administración: de madrugada en verano, de noche en obra urbana, en campaña continua cuando el tiempo acompaña. Un sistema que obliga a volver al ordenador para emitir el documento llega tarde por definición.
Por eso conviene comprobar antes de elegir nada que el documento se pueda emitir donde está el camión, sin volver a la oficina, y que el QR resuelva a la descarga directa del PDF aunque quien lo escanee sea un agente en el arcén, sin cuenta y sin aplicación.
Lo que el DeCA no toca
No sustituye al albarán de obra, ni a la declaración de prestaciones del producto, ni a los partes de control de producción. Es documentación de transporte y convive con lo demás. Lo único que cambia el 5 de octubre de 2026 es que el papel deja de valer como documentación de control.
Dos formas de resolverlo
DCADigital se usa desde el navegador, sin instalar nada ni tocar el sistema de pesaje. Se da de alta usted mismo y emite al momento, con el alojamiento y el QR incluidos.
albaranCanteras nace en el puesto de báscula: el documento sale con el pesaje y con los datos que el sistema ya tiene. Es la opción si el volumen es alto y el despacho no puede cambiar de ritmo.
Preguntas frecuentes
En una planta de aglomerado, ¿quién emite el documento de control?
Quien haya contratado el transporte, que es lo que la norma llama cargador contractual. Si el porte lo pone la planta, emite la planta. Si la contrata lleva el aglomerado con sus propios camiones o con transportistas contratados por ella, el cargador contractual es la contrata. Conviene tenerlo claro por escrito antes del 5 de octubre, porque el artículo 7.1 hace corresponsables al cargador y al transportista de que el documento exista y viaje a bordo.
¿El DeCA sustituye al albarán de obra?
No. Son documentos distintos con destinatarios distintos: el albarán acompaña la relación comercial con la obra y el DeCA acredita el transporte ante la inspección. Nada impide que salgan del mismo pesaje y con los mismos datos, que es lo razonable, pero el DeCA tiene que llevar los ocho apartados del artículo 6 y su QR.
¿Y la declaración de prestaciones del producto?
Va por otro camino y no cambia. El marcado CE del aglomerado y su declaración de prestaciones son de la normativa de productos de construcción; el DeCA es documentación de transporte. Ni uno sustituye al otro ni el 5 de octubre toca nada de lo primero.
Contenido informativo, no asesoramiento jurídico. Revisado el 9 de agosto de 2026. Las normas citadas, con su texto y su fuente oficial, están en la sección de normativa.